Subsidio por Fallecimiento:
Como beneficio directo por ser socio, con el pago de la cuota social, el asociado titular posee el Susidio por fallecimiento. Este servicio tiene por objetivo poder asistir a los familiares en los gastos por fallecimiento que un evento de éstas características ocasiona.
En forma opcional, Ud. Puede solicitar al Ayuda por fallecimiento para su grupo familiar primario (Esposa e hijos hasta 21 años e hijos incapacitados sin límite de edad).
Subsidio por casamiento, Nacimiento y Adopción:
Se otorgan al socio, siempre que posea una antigüedad mínima de un año, a su solicitud. Para tramitar el subsidio el asociado deberá presentar la siguiente documentación:
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Subsidio por casamiento: Copia del Acta de
matrimonio.
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Subsidio por nacimiento: Copia del Acta de
nacimiento.
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Subsidio por adopción: Copia del Acta de
adopción.
Le recordamos que es requisito para obtener los subsidios por FALLECIMIENTO, CASAMIENTO, NACIMIENTO O ADOPCIÓN, abonar la cuota social en forma regular.